miércoles, 26 de octubre de 2011

Las diputaciones camino del bicentenario.


La diputación de Málaga está esta semana de celebración pues se cumplen 175 años de su creación y precisamente en estos tiempos en los que estas entidades quedan tan en entredicho no viene mal un poco de historia. Os dejo un resumen muy interesante sacado de la página de la diputación de Málaga.

Surgen las diputaciones provinciales en los albores del s.XIX y en un contexto donde tres elementos claves van a determinar profundas consecuencias posteriores. Por un lado, la crisis del Antiguo Régimen, de otro, el desgaste de recursos humanos y materiales que supuso la Guerra de Independencia y por último, la promulgación de la Ley de leyes, la Constitución Gaditana de 1812. Todo ello, en el marco de las nuevas ideas liberales que empiezan a ver la luz en el solar hispano, oponiéndose a los caducos valores y a la anacrónica situación política anterior.

Las diputaciones tienen su origen con la primera constitución política de la Monarquía Española, aprobada el 19 de marzo de 1812, Carta Magna que pasa por ser la primera propiamente. Por tanto, considerada como texto emblemático del liberalismo y constitucionalismo español. A partir de esta Ley de Leyes, las primeras diputaciones se articularán en una estructura del Estado como base institucional. Por otra parte, la nueva Constitución gaditana establecía (art. 323) para el gobierno y administración de las provincias a las diputaciones no sólo como instrumento de promoción de los pueblos que abarcaran su circunscripción, sino como un órgano intermedio entre el poder central y los municipios (art. 325) “En cada provincia habrá una diputación, llamada provincial, para promover su prosperidad, presidida por el jefe superior”. Además se le confería una serie de competencias (art. 335) para el fomento y desarrollo económico de la provincia.

Las Diputaciones no se constituyen simultáneamente en todas las provincias, ya que tuvieron un principio muy irregular, tanto en el ejercicio de su actividad como en el ámbito geográfico. De hecho, fueron suprimidas por Real Decreto de 15 de junio de 1814, y tras la vuelta de Fernando VII, que derogó la Constitución el 4 de mayo, implantando el Régimen absolutista “el Sexenio, 1814-1820” y el Consejo Real “Habiendo estimando conveniente para mejor gobierno de mis Reynos restablecer el Consejo Real, a quien por las leyes estaba encargado el conocimiento de varios negocios y promover otros, que por las innovaciones hechas durante mi ausencia en el sistema gubernativo de mis Pueblos se pusieron al cuidado de las Diputaciones Provinciales... he venido en suprimirlas Diputaciones Provinciales, como no necesarias”.

Las Diputaciones permanecieron clausuradas hasta el pronunciamiento de Riego, en 1820, con las tropas que debían ir a América para detener la Emancipación, y la obligación del Rey de jurar la Constitución de 1812. Por tanto, el Decreto de 7 de marzo restaura dicho Texto, mientras se instauran otra vez las Diputaciones “Trienio Constitucional, 1820-1823”. Igualmente se procede a una nueva distribución del territorio por medio del Decreto de 27 de enero de 1822. No obstante, el Restablecimiento de las Diputaciones sería muy corto, clausurándose en 1823 por la intervención de ”los Cien Mil Hijos de San Luis” que trajo de nuevo el absolutismo de Fernando VII por un periodo de diez años “la Década Ominosa, 1823-1833”.

Tras la muerte del monarca, el 29 de septiembre de 1833, se nombra a su viuda, María Cristina, Gobernadora y Regente del Reino durante la minoría de edad de su hija Isabel II “Restauración Isabelina” que crea las bases para la nueva Constitución “El Estatuto Real de 1834” y la consolidación de los liberales, con lo que se instauran de nuevo y definitivamente las Diputaciones Provinciales. Igualmente, el Decreto que se dicta el 30 de noviembre de 1833 lleva a cabo una nueva División Territorial de España (49 provincias) que, con algunos retoques posteriores, será la que se mantenga hasta hoy con un carácter general, pues no se limitaba al orden administrativo, sino que se arreglarán a ellas las demarcaciones militares, judiciales y de hacienda. Por fin, el 21 de septiembre de 1835, se promulga el Real Decreto sobre “el Modo de Constituir y Formar las Diputaciones”. No obstante, como plasmación a su labor se establecían, por Real Orden de 20 de abril de 1833, los Boletines Oficiales de la Provincia en las capitales, a modo de gaceta oficial y medio de comunicación entre los ciudadanos y sus instituciones.

En cuanto a la propia evolución, la de sus atribuciones y competencias, vendrá marcada por un periodo, entre 1812 a 1845, donde sus gestores realizan las labores de Gobierno, Administración (bienes, recursos y servicios) y de Hacienda (gestión económica y financiera). De tal forma que, desde su origen y hasta 1863, las Diputaciones estarían constituidas básicamente por el Jefe Político o Superior, el Intendente y los Diputados, siendo a partir de 1863, cuando la formarían el Gobernador con los Diputados, como su cuerpo consultivo, y el Consejo Provincial que creado en 1845, también ejerció de Tribunal Contencioso-Administrativo hasta la creación de los Tribunales Provinciales. No obstante, en 1868 desapareció el Consejo Provincial, siendo sus atribuciones ejercidas por la Comisión Provincial que fue creada como un ente superior jerárquico de los Ayuntamiento. Con respecto a la figura del Gobernador, no hay que olvidar que al ser consideradas las provincias como parte del Estado, éstas se hallaban sujetas a la autoridad inmediata del Gobierno y sus delegados.

Orgánicamente, las diputaciones van a estar integradas desde su principio por dos órganos de gobierno, uno personalizado en la presidencia, y otro colegiado formado por el Pleno de la Corporación, creándose también Comisiones para el despacho de asuntos específicos, pero no como órganos decisorios, sino de naturaleza informativa y gestora. El cargo de Presidente fue desempeñado, desde 1813 hasta 1925 por el Jefe Político de la Provincia, así denominado hasta 1849, y desde esta fecha por el Gobernador Civil como presidente nato hasta prácticamente 1950. No obstante, el verdadero órgano decisorio lo constituye el Pleno, en cuanto que hasta 1845 los acuerdos que adoptan, en relación con las competencias asignadas, son ejecutivos, limitándose el Jefe Político a ejercer funciones auxiliares y de imponer su autoridad o fuerza coactiva en el cumplimiento de los mismos. En 1925 se crea la Comisión Provincial Permanente, uno de cuyos fines sería preparar los expedientes y acuerdos que tenía que resolver la Diputación en Pleno. Igualmente, en 1945, nace la Comisión de Gobierno, cuyo fin sería asesorar al Presidente e informar los asuntos no atribuidos a otras comisiones informativas.

Por último, en lo que atañe a la elección y duración de los cargos, también han variado con el tiempo, hasta casi 1925 la elección de diputados era por sufragio directo, teniendo en cuenta que entre otros cargos incompatibles para ser diputado estaba el de ser concejal o alcalde. No obstante a partir de 1925, los diputados serían corporativos (concejales designados por los propios ayuntamientos) y directos (elegidos directamente). Entre 1939 y 1979 eran elegidos también de dos maneras, por los compromisarios de las corporaciones entre alcaldes y concejales de cada partido judicial, y entre las entidades económicas, culturales y profesionales de la provincia. Por último, será a partir de 1979 cuando la elección de diputados provinciales se hace por sufragio indirecto de concejales municipales distribuidos por partidos judiciales.


Actualmente las diputaciones quedan reconocidas en la Constitución Española en el artículo 141:
1. La provincia es una entidad local con personalidad jurídica propia, determinada por la agrupación de municipios y división territorial para el cumplimiento de las actividades del Estado. Cualquier alteración de los límites provinciales habrá de ser aprobada por las Cortes Generales mediante ley orgánica.
2. El Gobierno y la administración autónoma de las provincias estarán encomendados a Diputaciones u otras Corporaciones de carácter representativo.


Comentar que la llegada de las autonomías restó muchas competencias a las diputaciones provinciales de forma que en las autonomías uniprovinciales y las islas no existen, aparte las provincias vascas tienen otro régimen administrativo que les otorga mucho más poder.

Realmente si se quiere suprimir alguna administración deberían mirar a otra parte, no son precisamente las diputaciones quienes provocan el agujero deficitario que tenemos sino las comunidades autónomas, es más, la diputación sí supone acercar verdaderamente la administración al ciudadano, ¿podemos decir lo mismo de las autonomías? Está claro que en el caso de Andalucía la respuesta es un rotundo NO.

martes, 25 de octubre de 2011

OP: La mascarada del Guadalquivir.

Finalmente la delegación andaluza se ha rendido devolviendo las competencias del Guadalquivir al Estado. Desde luego les ha costado claudicar, aferrándose hasta casi la medianoche de la última ronda de negociaciones, como si se tratara de defender el honor racial como en Numancia o el sitio de Zaragoza ante las tropas napoleónicas. No hay nada -y nada es nada- en lo que los dirigentes andaluces hayan transmitido más compromiso para dar batalla, más determinación, enviando una y otra vez mensajes de resistencia desde que el Tribunal Constitucional sentenció la ilegalidad del artículo del Estatuto que se adjudicaba la gestión del río. De hecho, se trata de una de las pocas ocasiones en que la clase política ha mostrado unidad; con toda la nomenclatura andaluza bajo la misma bandera en esta guerra de aguas, Arenas al lado de Griñán y también Valderas. En una comunidad con más de un millón de parados y serios problemas económicos, sociales, laborales, judiciales o educativos, no deja de ser asombroso que el máximo consenso sólo se alcanzara en un asunto simbólico como ése, con la casta política andaluza volcada en reclamar una gestión fluvial que a la mayoría de andaluces le importa menos que una higa.

Todo esto del Guadalquivir podría resultar ridículo, pero es mucho más que eso. Aunque ha habido otras regiones bajo el mismo delirio -los castellanoleoneses con el Duero o los aragoneses con el Ebro- aquí se logró el más difícil todavía, porque no sólo se apropiaron de un río que pasa por otras comunidades, rompiendo la Directiva Marco de la unidad de cuenca contra las advertencias del Colegio de Geógrafos, sino que además, ya en la sinrazón de una Ley de Aguas calamitosa, absorbieron Cuenca Mediterránea de Málaga para llevar su gestión desde Sevilla. Y así hubiese quedado todo de no toparse con el dictado del Tribunal Constitucional. Así que el Guadalquivir sin duda es todo un símbolo, pero un símbolo de la miopía de unos dirigentes desconectados de la razón. Por eso sus dos líneas rojas del Estatuto -la deuda histórica y el río Guadalquivir- han acabado mal. Es el precio a pagar por dedicarse a trabajar los bucles melancólicos en lugar de encarar los desafíos de la realidad. Esa obsesión ya quedó desnudada en la primera redacción del Estatuto, cuyo preámbulo establecía que Andalucía se había vertebrado históricamente alrededor del Guadalquivir, obviando el litoral mediterráneo y atlántico. Y ese centralismo bético es lo que ha terminado por desarmar el sentimiento andaluz, nutriendo además a una generación de dirigentes localistas que han convertido el territorio en un puzle de taifas. Gran fracaso final para tres décadas de autonomía simbólica pero ineficaz.

Opinión de Teodoro León Gross para Sur.

miércoles, 19 de octubre de 2011

Gran agravio a la costa de nuestra región.


Como un jarro de agua fría ha sentado en la costa la decisión de la UE sobre los corredores ferroviarios de la red básica transeuropea de transporte. Increiblemente el corredor mediterráneo no va a pasar por el sur del Mediterráneo de forma que al llegar a Almería se introduce hacia el interior para desde allí volver a bajar hasta Algeciras quedando la franja costera fuera de la red básica ferroviaria aunque no de la viaria. Resulta incomprensible que la tercera zona más poblada del Mediterráneo se quede fuera de la red básica de transporte de viajeros -no sólo es de mercancías- del corredor mediterráneo.

El gobierno de Zapatero y sobre todo la Junta de Andalucía ha incurrido en un nuevo y escandaloso agravio para con la Costa del Sol, la costa granadina y la almeriense. No se puede justificar bajo ninguna circunstancia que zonas tan pobladas y tan turísticas queden fuera de esta red básica de viajeros. Podría comprender que la red básica de mercancías se desviara por el interior para pasar por el importante nodo de Antequera conectando los puertos de Motril y Málaga con la red global pero no tiene sentido ninguno que la de viajeros se desvíe de esa manera.

Espero que en el plazo de alegaciones se pueda solucionar este gran error y agravio con una de las zonas más prósperas de nuestro país. Los ciudadanos del mar de Alborán no nos merecemos este desprecio de nuestros respectivos gobiernos tanto central como autonómico a los cuales les quedan dos días en el poder, desde luego se van a despedir muy mal de nuestra tierra.

jueves, 6 de octubre de 2011

El PP celebra su convención nacional en Málaga.

La capital de la Costa del Sol ha sido la elegida por el Partido Popular para celebrar su convención nacional donde se decidirá el programa para las próximas elecciones y se darán a conocer los cabezas de lista al Congreso por cada circunscripción. Desde hoy hasta el sábado los populares estarán reunidos en el Palacio de Ferias y Congresos de Málaga.

La ciudad ha sido escogida porque en las pasadas elecciones municipales la provincia de Málaga fue donde se produjo el mayor vuelco electoral y se ha elegido como adalid del cambio.

Cambio que todas las encuestas se empeñan en asegurar otorgándole casi todas la mayoría absoluta al PP. En el caso de Málaga, si se diesen los mismos resultados que en las municipales, en el Congreso el PP sacaría 6 escaños , el PSOE 3 e IU 1 cuando ahora hay un empate a 5 entre PP y PSOE.