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sábado, 5 de noviembre de 2011

Andalucía cuesta abajo y sin freno.

Andalucía se aleja de Europa y de España por primera vez en 15 años.
El informe del Consejo Económico y Social sobre 2010 revela que el PIB se contrajo cinco décimas más que la media nacional.

El pasado año 2010 ha sido «el primer año después de 15 consecutivos en que Andalucía no ha convergido sino que diverge en relación con la media española y con Europa», según el presidente del Consejo Económico y Social de Andalucía (CES-A), Joaquín Galán, que ayer hizo entrega al presidente de la Junta, José Antonio Griñán, del Informe sobre la Situación Socioeconómica 2010.

En dicho informe, el CES-A indica que la economía andaluza se redujo un 0,6 por ciento en 2010, una contracción «menos intensa según avanzó el año, hasta alcanzar una variación positiva en el último trimestre».

Este informe, fruto del debate de los interlocutores sociales y económicos representados en el CES-A, ofrece un análisis coyuntural sobre la evolución de la Comunidad a lo largo del pasado año, que abarca las diferentes variables socioeconómicas y las relaciona con sus principales contextos de referencia.

Galán, quien reconoció que este año se ha retrasado algunos días la presentación de dicho informe sobre años anteriores por la dificultad de sacarlo en formato papel y teniendo en cuenta las posibilidades presupuestarias, apuntó que es «muy difícil» hacer pronósticos para 2011, teniendo en cuenta la «espada de Damocles de Grecia sobre qué va a suceder en los próximos días». «No quiero hacer pronósticos sobre cuándo podremos levantar cabeza, pero es urgente la recuperación económica y generar empleo neto», aseveró el presidente del CES-A.

El informe sitúa a la economía andaluza en un contexto mundial en el que se aprecian los primeros indicios de una recuperación «espoleada por las economías emergentes y en desarrollo», como Japón, China, Corea o países latinoamericanos y Africa, frente a un crecimiento «más moderado» de las economías desarrolladas, como Estados Unidos (2,9 por ciento en media anual) y la Unión Europea (1,8 por ciento de crecimiento del PIB europeo).

Galán, que reconoció que Europa «registra más dificultades para llegar a la senda de la recuperación», explicó que en el caso de la Eurozona, el informe hace referencia a un crecimiento a dos velocidades, liderado por Alemania y los países del norte de Europa, que se recuperan con mayor facilidad, frente a las caídas de economías como las del sur de Europa, como las de España (que decrece un -0,1 por ciento), Irlanda y Grecia.

En ese sentido, indicó que en la línea de contracción de la economía española, el PIB andaluz se redujo un 0,6 por ciento, cinco décimas más que la media nacional, de forma que 2010 «ha sido el primer año, después de 15 años consecutivos, en que Andalucía no converge sino que diverge en relación con la media española y con Europa».

Galán dijo que en 2009, «año de crisis total, la economía se contrajo un 3,5 por ciento en Andalucía y en España un 3,6 por ciento, por lo que nos comportamos un poco mejor que la media española, pero en 2010 no ha sido así».


Noticia de Sur.

lunes, 28 de febrero de 2011

Día de Andalucía ¿día para celebrar o para lamentar?

Hoy se celebra el día de la comunidad autónoma en la que nos metimos hace 31 años y ante los discursos de autocomplacencia de los políticos andaluces defendiendo a capa y espada el estado de las autonomías y justificándolo por el progreso que ha supuesto para el sur peninsular yo no puedo más que sentir vergüenza y estupor.

¿Qué tenemos que celebrar los andaluces? preguntaría yo al Sr.Griñán y compañía. ¿Ser la comunidad con más paro?, ¿o con más fracaso escolar?, ¿o con más gente viviendo por debajo del umbral de la pobreza?. Para nuestra desgracia el sur peninsular sigue siendo como antaño la zona más pobre de España así que no entiendo a qué progreso se refieren cuando hablan de las consecuencias de la autonomía, bueno quizá se refieran al progreso que tantos y tantas han conseguido gracias a meter la cabeza en la vasta administración andaluza con cientos de empresas públicas, altos cargos y 13 consejerías con sus respectivas 7 delegaciones provinciales... 91 en total. O quizá al progreso del "campo andaluz" donde el PER ha conseguido que la gente viva de maravilla estafando y recibiendo subvenciones.

En fin, para mí desde luego no es un día de celebración sino de lamento, máxime cuando a mi patria chica se la saquea y ningunea a consta del invento andaluz, porque a pesar del estrago que está provocando el paro en la provincia malagueña, seguimos siendo el motor económico de Andalucía siendo líderes en creación de empresas y en recepción de turistas, donde la Junta viene a llenar su saca (aportamos casi la cuarta parte de sus ingresos) dándonos limosna a cambio (somos la provincia con menos inversión por habitante).

lunes, 6 de diciembre de 2010

La Constitución Española.

Hoy se celebra el día de la Carta Magna que el 7 de Diciembre de 1.978 los españoles aprobaron por referéndum. En su articulado se recogen las normas de la nación española, entre ellas la organización territorial del Estado.
No viene mal que en este día, y dado el clima de reflexión sobre el estado autonómico que se vive actualmente, repasemos el Título VIII de la Constitución donde se hace referencia a dicho tema.

TITULO VIII

De la Organización Territorial del Estado


CAPÍTULO PRIMERO

Principios generales


Artículo 137.

El Estado se organiza territorialmente en municipios, en provincias y en las Comunidades Autónomas que se constituyan. Todas estas entidades gozan de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses.

Artículo 138.

1. El Estado garantiza la realización efectiva del principio de solidaridad consagrado en el artículo 2 de la Constitución, velando por el establecimiento de un equilibrio económico, adecuado y justo entre las diversas partes del territorio español, y atendiendo en particular a las circunstancias del hecho insular.

2. Las diferencias entre los Estatutos de las distintas Comunidades Autónomas no podrán implicar, en ningún caso, privilegios económicos o sociales.

Artículo 139.

1. Todos los españoles tienen los mismos derechos y obligaciones en cualquier parte del territorio del Estado.

2. Ninguna autoridad podrá adoptar medidas que directa o indirectamente obstaculicen la libertad de circulación y establecimiento de las personas y la libre circulación de bienes en todo el territorio español.

CAPÍTULO SEGUNDO

De la Administración Local


Artículo 140.

La Constitución garantiza la autonomía de los municipios. Estos gozarán de personalidad jurídica plena. Su gobierno y administración corresponde a sus respectivos Ayuntamientos, integrados por los Alcaldes y los Concejales. Los Concejales serán elegidos por los vecinos del municipio mediante sufragio universal igual, libre, directo y secreto, en la forma establecida por la ley. Los Alcaldes serán elegidos por los Concejales o por los vecinos. La ley regulará las condiciones en las que proceda el régimen del concejo abierto.

Artículo 141.

1. La provincia es una entidad local con personalidad jurídica propia, determinada por la agrupación de municipios y división territorial para el cumplimiento de las actividades del Estado. Cualquier alteración de los límites provinciales habrá de ser aprobada por las Cortes Generales mediante ley orgánica.

2. El gobierno y la administración autónoma de las provincias estarán encomendados a Diputaciones u otras Corporaciones de carácter representativo.

3. Se podrán crear agrupaciones de municipios diferentes de la provincia.

4. En los archipiélagos, las islas tendrán además su administración propia en forma de Cabildos o Consejos.

Artículo 142.

Las Haciendas locales deberán disponer de los medios suficientes para el desempeño de las funciones que la ley atribuye a las Corporaciones respectivas y se nutrirán fundamentalmente de tributos propios y de participación en los del Estado y de las Comunidades Autónomas.

CAPÍTULO TERCERO

De las Comunidades Autónomas


Artículo 143.

1. En el ejercicio del derecho a la autonomía reconocido en el artículo 2 de la Constitución, las provincias limítrofes con características históricas culturales y económicas comunes, los territorios insulares y las provincias con entidad regional histórica podrán acceder a su autogobierno y constituirse en Comunidades Autónomas con arreglo a lo previsto en este Titulo y en los respectivos Estatutos .

2. La iniciativa del proceso autonómico corresponde a todas las Diputaciones interesadas o al órgano interinsular correspondiente y a las dos terceras partes de los municipios cuya población represente, al menos, la mayoría del censo electoral de cada provincia o isla. Estos requisitos deberán ser cumplidos en el plazo de seis meses desde el primer acuerdo adoptado al respecto por alguna de las Corporaciones locales interesadas.

3. La iniciativa, en caso de no prosperar, solamente podrá reiterarse pasados cinco años.

Artículo 144.

Las Cortes Generales, mediante ley orgánica, podrán, por motivos de interés nacional:

a) Autorizar la constitución de una comunidad autónoma cuando su ámbito territorial no supere el de una provincia y no reúna las condiciones del apartado 1 del artículo 143.


b) Autorizar o acordar, en su caso, un Estatuto de autonomía para territorios que no estén integrados en la organización provincial.

c) Sustituir la iniciativa de las Corporaciones locales a que se refiere al apartado 2 del artículo 143.

Artículo 145.

1. En ningún caso se admitirá la federación de Comunidades Autónomas.

2. Los Estatutos podrán prever los supuestos, requisitos y términos en que las Comunidades Autónomas podrán celebrar convenios entre sí para la gestión y prestación de servicios propios de las mismas, así como el carácter y efectos de la correspondiente comunicación a las Cortes Generales. En los demás supuestos, los acuerdos de cooperación entre las Comunidades Autónomas necesitarán la autorización de las Cortes Generales.

Artículo 146.

El proyecto de Estatuto será elaborado por una asamblea compuesta por los miembros de la Diputación u órgano interinsular de las provincias afectadas y por los Diputados y Senadores elegidos en ellas y será elevado a las Cortes Generales para su tramitación como ley.

Artículo 147.

1. Dentro de los términos de la presente Constitución, los Estatutos serán la norma institucional básica de cada Comunidad Autónoma y el Estado los reconocerá y amparara como parte integrante de su ordenamiento jurídico.

2. Los Estatutos de autonomía deberán contener:

a) La denominación de la Comunidad que mejor corresponda a su identidad histórica.

b) La delimitación de su territorio.

c) La denominación, organización y sede de las instituciones autónomas propias.

d) Las competencias asumidas dentro del marco establecido en la Constitución y las bases para el traspaso de los servicios correspondientes a las mismas.

3. La reforma de los Estatutos se ajustará al procedimiento establecido en los mismos y requerirá, en todo caso, la aprobación por las Cortes Generales, mediante ley orgánica.

Artículo 148.

1. Las Comunidades Autónomas podrán asumir competencias en las siguientes materias:

1ª) Organización de sus instituciones de autogobierno.

2ª) Las alteraciones de los términos municipales comprendidos en su territorio y, en general, las funciones que correspondan a la Administración del Estado sobre las Corporaciones locales y cuya transferencia autorice la legislación sobre Régimen Local.

3ª) Ordenación del territorio, urbanismo y vivienda.

4ª) Las obras públicas de interés de la Comunidad Autónoma en su propio territorio.

5ª) Los ferrocarriles y carreteras cuyo itinerario se desarrolle íntegramente en el territorio de la Comunidad Autónoma y en los mismos términos, el transporte desarrollado por estos medios o por cable .

6ª) Los puertos de refugio, los puertos y aeropuertos deportivos y, en general, los que no desarrollen actividades comerciales.

7ª) La agricultura y ganadería, de acuerdo con la ordenación general de la economía.

8ª) Los montes y aprovechamientos forestales.

9ª) La gestión en materia de protección del medio ambiente.

10ª) Los proyectos, construcción y explotación de los aprovechamientos hidráulicos, canales y regadíos de interés de la Comunidad Autónoma: las aguas minerales y termales.

11ª) La pesca en aguas interiores, el marisqueo y la acuicultura, la caza y la pesca fluvial.

12ª) Ferias interiores.

13ª) El fomento del desarrollo económico de la Comunidad Autónoma dentro de los objetivos marcados por la política económica nacional.

14ª) La artesanía.

15ª) Museos, bibliotecas y conservatorios de música de interés para la Comunidad Autónoma.

16ª) Patrimonio monumental de interés de la Comunidad Autónoma.

17ª) El fomento de la cultura, de la investigación y, en su caso, de la enseñanza de la lengua de la Comunidad Autónoma.

18ª) Promoción y ordenación del turismo en su ámbito territorial.

19ª) Promoción del deporte y de la adecuada utilización del ocio.

20ª) Asistencia social.

21ª) Sanidad e higiene.

22ª) La vigilancia y protección de sus edificios e instalaciones. La coordinación y demás facultades en relación con las policías locales en los términos que establezca una ley orgánica.

2. Transcurridos cinco años, y mediante la reforma de sus Estatutos, las Comunidades Autónomas podrán ampliar sucesivamente sus competencias dentro del marco establecido en el artículo 149.

Artículo 149.

1. El Estado tiene competencia exclusiva sobre las siguientes materias:

1ª) La regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales.

2ª) Nacionalidad, inmigración, emigración, extranjería y derecho de asilo.

3ª) Relaciones internacionales.

4ª) Defensa y Fuerzas Armadas.

5ª) Administración de Justicia.

6ª) Legislación mercantil, penal y penitenciaria: legislación procesal, sin perjuicio de las necesarias especialidades que en este orden se deriven de las particularidades del derecho sustantivo de las Comunidades Autónomas.

7ª) Legislación laboral; sin perjuicio de su ejecución por los órganos de las Comunidades Autónomas.

8ª) Legislación civil, sin perjuicio de la conservación, modificación y desarrollo por las Comunidades autónomas de los derechos civiles, forales o especiales, allí donde existan. En todo caso, las reglas relativas a la aplicación y eficacia de las normas jurídicas, relaciones jurídico civiles relativas a las formas de matrimonio ordenación de los registros e instrumentos públicos, bases de las obligaciones contractuales, normas para resolver los conflictos de leyes y determinación de las fuentes del Derecho, con respeto, en este último caso, a las normas de derecho foral o especial.

9ª) Legislación sobre propiedad intelectual e industrial.

10ª) Régimen aduanero y arancelario, comercio exterior.

11ª) Sistema monetario: divisas, cambio y convertibilidad; bases de la ordenación del crédito, banca y seguros.

12ª) Legislación sobre pesas y medidas, determinación de la hora oficial.

13ª) Bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.

14ª) Hacienda general y Deuda del Estado.

15ª) Fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica.

16ª) Sanidad exterior. Bases y coordinación general de la sanidad. Legislación sobre productos farmacéuticos.

17ª) Legislación básica y régimen económico de la Seguridad Social, sin perjuicio de la ejecución de sus servicios por las Comunidades Autónomas.

18ª) Las bases del régimen jurídico de las Administraciones públicas y del régimen estatutario de sus funcionarios que, en todo caso, garantizarán a los administrados un tratamiento común ante ellas; el procedimiento administrativo común, sin perjuicio de las especialidades derivadas de la organización propia de las Comunidades Autónomas; legislación sobre expropiación forzosa; legislación básica sobre contratos y concesiones administrativas y el sistemas de responsabilidad de todas las Administraciones públicas.

19ª) Pesca marítima, sin perjuicio de las competencias que en la ordenación del sector se atribuyan a las Comunidades Autónomas.

20ª) Marina Mercante y abanderamiento de buques: iluminación de costas y señales marítimas: puertos de interés general; aeropuertos de interés general: control del espacio aéreo, tránsito y transporte aéreo, servicio meteorológico y matriculación de aeronaves.

21ª) Ferrocarriles y transportes terrestres que transcurran por el territorio de más de una Comunidad Autónoma; régimen general de comunicaciones: tráfico y circulación de vehículos a motor: correos y telecomunicaciones: cables aéreos, submarinos y radiocomunicación .

22ª) La legislación, ordenación y concesión de recursos y aprovechamientos hidráulicos cuando las aguas discurran por más de una Comunidad autónoma. y la autorización de las instalaciones eléctricas cuando su aprovechamiento afecte a otra Comunidad o el transporte de energía salga de su ámbito territorial.

23ª) Legislación básica sobre protección del medio ambiente, sin perjuicio de las facultades de las Comunidades Autónomas de establecer normas adicionales de protección. La legislación básica sobre montes, aprovechamientos forestales y vías pecuarias.

24ª) Obras públicas de interés general o cuya realización afecte a más de una Comunidad Autónoma.

25ª) Bases del régimen minero y energético.

26ª) Régimen de producción, comercio, tenencia y uso de armas y explosivos.

27ª) Normas básicas del régimen de prensa, radio y televisión y, en general, de todos los medios de comunicación social, sin perjuicio de las facultades que en su desarrollo y ejecución correspondan a las Comunidades Autónomas.

28ª) Defensa del patrimonio cultural, artístico y monumental español contra la exportación y la expoliación, museos, bibliotecas y archivos de titularidad estatal, sin perjuicio de su gestión por parte de las Comunidades Autónomas.

29ª) Seguridad pública, sin perjuicio de la posibilidad de creación de policías por las Comunidades Autónomas en la forma que se establezca en los respectivos Estatutos en el marco de lo que disponga una ley orgánica.

30ª) Regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de títulos académicos y profesionales y normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la Constitución a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia.

31ª) Estadística para fines estatales.

32ª) Autorización para la convocatoria de consultas populares por vía de referéndum.

2. Sin perjuicio de las competencias que podrán asumir las Comunidades Autónomas. el Estado considerará el servicio de la cultura como deber y atención esencial y facilitará la comunicación cultural entre las Comunidades Autónomas, de acuerdo con ellas.

3. Las materias no atribuidas expresamente al Estado por esta Constitución podrán corresponder a las Comunidades Autónomas, en virtud de sus respectivos Estatutos. La competencia sobre las materias que no se hayan asumido por los Estatutos de Autonomía corresponderá al Estado, cuyas normas prevalecerán, en caso de conflicto, sobre las de las Comunidades Autónomas en todo lo que no esté atribuido a la exclusiva competencia de éstas. El derecho estatal será, en todo caso, supletorio del derecho de las Comunidades Autónomas.

Artículo 150.

1. Las Cortes Generales, en materias de competencia estatal, podrán atribuir a todas o a alguna de las Comunidades Autónomas la facultad de dictar, para sí mismas, normas legislativas en el marco de los principios, bases y directrices fijados por una ley estatal. Sin perjuicio de la competencia de los Tribunales, en cada ley marco se establecerá la modalidad del control de las Cortes Generales sobre estas normas Legislativas de las Comunidades Autónomas.

2. El Estado podrá transferir o delegar en las Comunidades Autónomas, mediante ley orgánica, facultades correspondientes a materia de titularidad estatal que por su propia naturaleza sean susceptibles de transferencia o delegación. La ley preverá en cada caso la correspondiente transferencia de medios financieros, así como las formas de control que se reserve el Estado.

3. El Estado podrá dictar leyes que establezcan los principios necesarios para armonizar las disposiciones normativas de las Comunidades Autónomas, aun en el caso de materias atribuidas a la competencia de éstas, cuando así lo exija el interés general. Corresponde a las Cortes Generales, por mayoría absoluta de cada Cámara, la apreciación de esta necesidad.

Artículo 151.

1. No será preciso dejar transcurrir el plazo de cinco años a que se refiere el apartado 2 del artículo 148 cuando la iniciativa del proceso autonómico sea acordada dentro del plazo del artículo 143.2, además de por las Diputaciones o los órganos interinsulares correspondientes, por las tres cuartas partes de los Municipios de cada una de las provincias afectadas que representen, al menos, la mayoría del censo electoral de cada una de ellas y dicha iniciativa sea ratificada mediante referéndum por el voto afirmativo de la mayoría absoluta de los electores de cada provincia en los términos que establezca una ley orgánica.

2. En el supuesto previsto en el apartado anterior, el procedimiento para la elaboración del Estatuto será el siguiente:

1º) El Gobierno convocará a todos los Diputados y Senadores elegidos en las circunscripciones comprendidas en el ámbito territorial que pretenda acceder al autogobierno, para que se constituyan en Asamblea, a los solos efectos de elaborar el correspondiente proyecto de Estatuto de autonomía, mediante el acuerdo de la mayoría absoluta de sus miembros.

2º) Aprobado el proyecto de Estatuto por la Asamblea de Parlamentarios, se remitirá a la Comisión Constitucional del Congreso, la cual, dentro del plazo de dos meses, lo examinará con el concurso y asistencia de una delegación de la Asamblea proponente para determinar de común acuerdo su formulación definitiva.

3º) Se si alcanzare dicho acuerdo, el texto resultante será sometido a referéndum del cuerpo electoral de las provincias comprendidas en el ámbito territorial del proyectado Estatuto.

4º) Si el proyecto de Estatuto es aprobado en cada provincia por la mayoría de los votos válidamente emitidos, será elevado a las Cortes Generales. Los Plenos de ambas Cámaras decidirán sobre el texto mediante un voto de ratificación. Aprobado el Estatuto, el Rey lo sancionará y lo promulgará como ley.

5º) De no alcanzarse el acuerdo a que se refiere el apartado 2º) de este número, el proyecto de Estatuto será tramitado como proyecto de ley ante las Cortes Generales. El texto aprobado por éstas será sometido a referéndum del cuerpo electoral de las provincias comprendidas en el ámbito territorial del proyectado Estatuto. En caso de ser aprobado por la mayoría de los votos válidamente emitidos en cada provincia, procederá su promulgación en los términos del párrafo anterior.

3. En los casos de los párrafos 4º) y 5º) del apartado anterior la no aprobación del proyecto de Estatuto por una o varias provincias, no impedirá la constitución entre las restantes de la Comunidad Autónoma proyectada, en la forma que establezca la ley orgánica prevista en el apartado 1 de este artículo.

Artículo 152.

1. En los Estatutos aprobados por el procedimiento a que se refiere el artículo anterior, la organización institucional autonómica se basará en una Asamblea Legislativa elegida por sufragio universal con arreglo a un sistema de representación proporcional que asegure, además, la representación de las diversas zonas del territorio; un Consejo de Gobierno con funciones ejecutivas y administrativas, y un Presidente, elegido por la Asamblea, de entre sus miembros, y nombrado por el Rey, al que corresponde la dirección del Consejo de Gobierno la suprema representación de la respectiva Comunidad y la ordinaria del Estado en aquélla. El Presidente y los miembros del Consejo de Gobierno serán políticamente responsables ante la Asamblea.

Un Tribunal Superior de Justicia, sin perjuicio de la jurisdicción que corresponde al Tribunal Supremo, culminará la organización judicial en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma. En los Estatutos de las Comunidades Autónomas podrán establecerse los supuestos y las formas de participación de aquéllas en la organización de las demarcaciones judiciales del territorio. Todo ello de conformidad con lo previsto en la ley orgánica del poder judicial y dentro de la unidad e independencia de éste.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 123, las sucesivas instancias procesales, en su caso, se agotarán ante órganos judiciales radicados en el mismo territorio de la Comunidad Autónoma en que esté el órgano competente en primera instancia.

2. Una vez sancionados y promulgados los respectivos Estatutos solamente podrán ser modificados mediante los procedimientos en ellos establecidos y con referéndum entre los electores inscritos en los censos correspondientes.

3. Mediante la agrupación de municipios limítrofes, los Estatutos podrán establecer circunscripciones territoriales propias que gozarán de plena personalidad jurídica.

Artículo 153.

El control de la actividad de los órganos de las Comunidades Autónomas se ejercerá:

a) Por el Tribunal Constitucional, el relativo a la constitucionalidad de sus disposiciones normativas con fuerza de ley.

b) Por el Gobierno, previo dictamen del Consejo de Estado, el del ejercicio de funciones delegadas a que se refiere el apartado 2 del artículo 150.

c) Por la jurisdicción contencioso administrativa, el de la administración autónoma y sus normas reglamentarias.

d) Por el Tribunal de Cuentas, el económico y presupuestario.

Artículo 154.

Un delegado nombrado por el Gobierno dirigirá la administración del Estado en el territorio de la Comunidad Autónoma y la coordinará, cuando proceda, con la administración propia de la Comunidad.

Artículo 155.

1. Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general,

2. Para la ejecución de las medidas previstas en el apartado anterior, el Gobierno podrá dar instrucciones a todas las autoridades de las Comunidades Autónomas.

Artículo 156.

1. Las Comunidades Autónomas gozarán de autonomía financiera para el desarrollo y ejecución de sus competencias con arreglo a los principios de coordinación con la Hacienda estatal y de solidaridad entre todos los españoles.

2. Las Comunidades Autónomas podrán actuar como delegados o colaboradores del Estado para la recaudación, la gestión y la liquidación de los recursos tributarios de aquél, de acuerdo con las leyes y los Estatutos.

Artículo 157.

1. Los recursos de las Comunidades Autónomas estarán constituidos por:

a) Impuestos cedidos total o parcialmente por el Estado; recargos sobre impuestos estatales y otras participaciones en los ingresos del Estado.

b) Sus propios impuestos, tasas y contribuciones especiales.

c) Transferencias de un fondo de compensación interterritorial y otras asignaciones con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.

d) Rendimientos procedentes de su patrimonio e ingresos de derecho privado.

e) El producto de las operaciones de crédito.

2. Las Comunidades Autónomas no podrán en ningún caso adoptar medidas tributarias sobre bienes situados fuera de su territorio o que supongan obstáculo para la libre circulación de mercancías o servicios.

3. Mediante ley orgánica podrá regularse el ejercicio de las competencias financieras enumeradas en el precedente apartado 1, las normas para resolver los conflictos que pudieran surgir y las posibles formas de colaboración financiera entre las Comunidades Autónomas y el Estado.

Artículo 158.

1. En los Presupuestos Generales del Estado podrá establecerse una asignación a las Comunidades Autónomas en función del volumen de los servicios y actividades estatales que hayan asumido y de la garantía de un nivel mínimo en la prestación de los servicios públicos fundamentales en todo el territorio español.

2. Con el fin de corregir desequilibrios económicos interterritoriales y hacer efectivo el principio de solidaridad se constituirá un Fondo de Compensación con destino a gastos de inversión, cuyos recursos serán distribuidos por las Cortes Generales entre las Comunidades Autónomas y provincias, en su caso.

viernes, 30 de julio de 2010

Clausura del curso político 2009/2010.

30 de Julio, Agosto está ya aquí, comienza el mes vacacional por antonomasia en el que las capitales costeras de nuestra región celebrarán sus fiestas como media España con recortes considerables en sus presupuestos. Nuestros políticos clausuran el curso, se van a descansar de su "arduo" cometido, pero las vacaciones este año no van a ser tan placenteras como quisieran porque la cosa no está muy boyante que digamos y se presenta un otoño calentito, la crisis sigue haciendo de las suyas y pasada ya la resaca del triunfo de la selección en el mundial de futbol los problemas que azotaban a la nación vuelven a la palestra aunque ya se sabe que el calor provoca cierta laxitud generalizada.


Centrándonos en Andalucía empezamos las vacaciones con la buena noticia de que la familia Obama -señora esposa o primera dama yanqui e hija pequeña- van a pasar unos días en nuestra región (la de verdad, porque la Costa del Sol no es Andalucía), concretamente en la zona de Marbella en unos de los mejores hoteles del mundo donde pasar la noche puede costar la friolera de 5.000 € -¿quién dijo crisis?-. Sin duda es una gran noticia para la Costa de Sol puesto que Marbella está saliendo en todos los medios de comunicación internacionales y por fin se está desprendiendo de la mala imagen que le confirió la era Gil recuperando el esplendor que tuvo esta ciudad en décadas pasadas -está claro que la primera legislatura sin chorizos en la corporación municipal marbellí también ayuda al desagravio- pero considero que quizá estén dando demasiado despliegue al asunto, supongo que la señora Obama quería descansar y relajarse simplemente y ahora la pobre no sé si va a poder hacerlo porque nuestros políticos le están planificando las vacaciones prácticamente. Espero que no se arrepienta.


Pero salvando esta grata noticia el curso en Andalucía ha terminado bastante mal para el gobierno de Jose Antonio Griñán. Al varapalo que le dio el Banco de España en el ámbito financiero y los recortes del gobierno central en materia de vivienda que han provocado los primeros enfrentamientos claros entre consejeros y ministros hay que añadir una mala noticia en el ámbito electoral.
El CADPEA -Centro de Análisis y Documentación Política y Electoral de Andalucía- le ha amargado más si cabe el descanso a los socialistas andaluces, en su Estudio General de Opinión Pública de Andalucía correspondiente al verano 2010 da por primera vez en su historia la victoria al principal partido de la oposición. Así de celebrarse las elecciones autonómicas en estos momentos el PP las ganaría rozando la mayoría absoluta.


Con estos datos es difícil pasar las vacaciones tranquilos máxime cuando las elecciones municipales están a la vuelta de la esquina (Mayo 2011) y el gobierno central lo tendrá complicado para sacar adelante los presupuestos en el Congreso con las elecciones catalanas de por medio (Otoño 2010).
No hay que olvidar que Andalucía ha sido siempre un granero de votos socialistas y por tanto no sólo está en juego el gobierno de la comunidad autónoma sino el de la nación, aunque los socialistas andaluces no son tontos y visto el resultado de sus compañeros catalanes enfrentándose al gobierno central ellos han empezado también a patalear porque en estos tiempos Zapatero resta más que suma y si los socialistas quieren mantener su hegemonía en Andalucía no tienen más remedio que poner tierra de por medio con el gobierno central ¿les valdrá esta táctica?.


domingo, 25 de julio de 2010

A vueltas con la Caja única. 5ª parte. «Rumore, rumore»

El viernes saltó a la palestra la posibilidad de que Unicaja puede estar forjando una fusión fría con Ibercaja, desde ambas entidades se ha negado oficialmente tales contactos pero la noticia fue publicada el viernes por el diario digital El Confidencial.

A grandes males, grandes remedios. Tanto Amado Franco, presidente de Ibercaja, como Braulio Medel, su homólogo en Unicaja, han quedado por diversos motivos fuera del baile de fusiones que en los últimos meses está teniendo lugar en las Cajas de Ahorro. Manos a la obra, ambos han iniciado conversaciones -de momento, muy privadas- tendentes a la constitución de un Sistema Institucional de Protección (SIP), un matrimonio que daría como resultado un grupo financiero de gran calidad, ya que ambas entidades gozan de unos niveles de solvencia, morosidad, rentabilidad, eficiencia y liquidez, difícilmente mejorables en el sector.

A tal efecto, ambas partes han acordado mantener una reunión que se celebrará a mediodía del próximo martes 27 en la sede de Unicaja en Sevilla (calle Sierpes, 22), a la que, junto con Medel y Franco, asistirán los directores generales de ambas entidades, Manuel Azuaga y José Luis Aguirre respectivamente. El encuentro sevillano se prevé clave para la suerte del proyecto.

Fuentes del entorno de la caja aragonesa han adelantado a este diario que los contactos se iniciaron a finales de junio y han recibido el empujón definitivo esta misma semana, después de que el pasado viernes la entidad malagueña perdiera sus opciones de quedarse con Cajasur tras la subasta efectuada por el Banco de España (BdE). A tenor de tales fuentes, el interés de Franco por la operación es grande, después de que los intentos efectuados por engordar balance hayan quedado en el limbo.

Antes de la celebración de la subasta del FROB, tanto la Junta como el PSOE-A habían anunciado que, con independencia del resultado de la misma, su hoja de ruta pasaba y pasa por una fusión “de verdad” entre Unicaja y Cajasol. Debilitada por la pérdida de competencias sobre Cajasur y Caja Granada, el equipo de Griñán ha redoblado la presión para que malagueños y sevillanos se fusionen en una nueva entidad o, en el peor de los casos, constituyan un SIP, arduo reto para dos presidentes, el citado Medel y Antonio Pulido (Cajasol), que a duras penas pueden disimular la antipatía mutua que se profesan.

Tanto Franco como Medel tienen razones de sobra para buscar un partner con el que constituir un SIP. El primero para evitar quedar aislado frente a los nuevos y potentes grupos que se dibujan en el sector; el segundo para dar esquinazo a la unión con Cajasol que quiere imponerle la Junta andaluza.

Ambas Cajas, por lo demás, son líderes indiscutibles en sus Comunidades Autónomas de origen y gozan de suficiente implantación en provincias limítrofes (Guadalajara, Madrid, Ciudad Real, Rioja, Barcelona, etc.) como para lograr una estimable cobertura de todo el territorio nacional. Es decir, un SIP así, que no precisaría ayudas del FROB de ningún tipo, se convertiría de golpe en un competidor de primera línea en el sector financiero, mejorando incluso el rating actual de ambos contrayentes.


Ver noticia completa del Confidencial.

martes, 20 de julio de 2010

A vueltas con la Caja única. 4ª parte.

Finalmente el Banco de España adjudicó Cajasur a una entidad no andaluza, concretamente a la que mejor oferta propuso, la vasca BBK (Bilbao Bizkaia Kutxa). Quizá era crónica de una muerte anunciada que Cajasur se fuera de Andalucía pero la Junta insistió hasta horas antes del anuncio de la decisión del Banco de España en que no podía de ser de otra manera que adjudicándose a una entidad andaluza. Por lo tanto estamos hablando de un importante varapalo a las intenciones del gobierno andaluz, a su sueño de una gran caja andaluza.

Ya sólo quedan dos cajas de ahorro plenamente andaluzas para crear la caja única, se han perdido dos en los últimos meses y el proceso de fusión entre las dos grandes no se antoja fácil. Cajasol y Unicaja se miran con recelo, no fueron capaces de pujar conjuntamente por Cajasur y el debate de la sede de la hipotética caja andaluza es más trascendente de lo que puede parecer en principio puesto que abre la caja de Pandora de las luchas territorales en Andalucía, nada más y nada menos que entre Sevilla y Málaga. ¿Se llegará a un consenso?.

Creo que los políticos andaluces deberían dejar de presionar a las dos entidades y que éstas hagan lo que más les convenga. No entiendo la necesidad de unificarlas, una comunidad tan extensa como la andaluza puede permitirse tener dos entidades fuertes, una en Andalucía Occidental (Cajasol) y otra en la Oriental (Unicaja) pero si los políticos finalmente se salen con la suya y Sevilla se queda con la sede de la caja resultante podría suponer el principio del fin de la comunidad autónoma fraguada hace 3 décadas. Málaga no puede consentir que se le arrebate algo tan importante y contribuir al exacerbado centralismo de la Junta máxime cuando la entidad más fuerte es la malagueña, si eso ocurriera sería el agravio más grande para con Málaga que se haya cometido jamás.

jueves, 8 de julio de 2010

A vueltas con la Caja única. 3ª parte.

Finalmente no habrá puja conjunta por Cajasur, tanto Unicaja como Cajasol presentarán ofertas independientes aunque colaborarán en caso de que una de las dos consiga quedarse con la entidad cordobesa. El deseo de la Junta de una gran caja andaluza se encuentra con otro escollo, primero se desmarcó Cajagranada y ahora aumenta la posibilidad de que Cajasur vaya a parar a una entidad no andaluza.

Noticia del diario Sur:
El consejo de administración de Cajasol aprobó por mayoría acudir en solitario a la puja para hacerse con CajaSur, tras no llegar a ningún acuerdo con Unicaja para efectuar una oferta conjunta, aunque su oferta estará vinculada a la de Unicaja en el caso de que ésta se hiciera con la caja cordobesa, según indicaron a Europa Press fuentes del consejo de administración, que precisaron que el presidente de Cajasol , Antonio Pulido, ha comunicado al consejo el inicio de los estudios con vistas a suscribir un protocolo de intenciones que sirva de base para la fusión de Unicaja y Cajasol.

De esta forma, el consejo de Cajasol , reunido esta tarde en Sevilla, acordó vincular a la de Unicaja su oferta ante el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) para acceder al proceso de adquisición de CajaSur, de manera que presentará su oferta de forma individual, pero vinculándola a la de Unicaja mediante acuerdo del consejo, de forma que la entidad que resultara adjudicataria "ofrecerá participación y ayuda en el proyecto a la otra entidad andaluza oferente".

La caja indicó en una nota que "se ha estimado como mejor opción para el desarrollo de esta actuación conjunta la presentación de las correspondientes propuestas por parte de ambas entidades, con el compromiso mutuo de dejar abierta la incorporación de la otra caja, para su participación en el desarrollo conjunto del proyecto".

Asimismo, fuentes del consejo de administración de Cajasol precisaron a Europa Press que en dicha reunión ha existido un pronunciamiento verbal por parte de Antonio Pulido, que ha puesto en conocimiento del consejo la "voluntad de analizar la viabilidad de acudir a un proceso de fusión con Unicaja", aunque sin ninguna documentación concreta por el momento.

La votación sobre CajaSur se efectuó por mayoría absoluta, toda vez que los tres consejeros vinculados a CCOO se abstuvieron y los dos de UGT votaron en contra.

Fuentes de UGT explicaron a Europa Press que su voto en contra viene motivado por que en la oferta de Cajasol por CajaSur "hay un planteamiento de pérdida de empleo muy fuerte, pues se habla de entre 800 y 1.200 puestos de trabajo entre las dos cajas, aunque Pulido se ha comprometido a acometer medidas no traumáticas y negociadas con los sindicatos". Estas mismas fuentes lamentaron que "nadie nos ha pasado ninguna propuesta en ese sentido".

Asimismo, fuentes de CC.OO. indicaron que sus abstenciones muestran su "coherencia", y responden a una posición de "cautela", toda vez que "se ha presentado un buen trabajo y se ha ganado en viabilidad, pero los sindicatos hemos estado ajenos a ese proyecto para CajaSur, por lo que, mientras no nos convenzan, seguiremos con esa postura".

Así, expresaron sus dudas sobre "cómo se produce la integración de los trabajadores de ambas cajas, algo que debe estar en el seno de la negociación laboral pero que aún desconocemos, y pedimos que ese proceso no se haga desnaturalizando la naturaleza jurídica de las cajas mediante fusiones frías o 'SIP'".


Y yo me pregunto ¿a qué juegan los sindicatos?, apoyan la fusión de las tres cajas, incluso que se recupere Cajagranada, sin tener en cuenta los empleos que se perderían y sin embargo en el consejo de Cajasol votan en contra de la puja por Cajasur porque se contempla perder en torno a un millar de puestos de trabajo, ¿creen que si se fusionan las 3 cajas no se pierde ninguno?...

miércoles, 7 de julio de 2010

A vueltas con la Caja única. 2ª parte.

Poco tardó en saltar la polémica de la sede de la caja única, al día siguiente de publicar la anterior entrada el alcalde de Málaga mentaba la bicha sin complejos. Noticia del Sur del día 1 de julio:

El alcalde de Málaga, Francisco de la Torre, dejó claro que apoyará un proceso de fusión entre cajas de Andalucía sólo si la sede de la entidad resultante está en la capital malagueña porque, como subrayó, "de todas las cajas andaluzas, hoy la más capaz y la más solvente es Unicaja".
Preguntado por ese posible proceso de fusión entre Unicaja y Cajasol y por que ambas entidades presenten una oferta conjunta en la puja por CajaSur, intervenida por el Banco de España, De la Torre dijo que "sólo puede plantearse si es con la sede en Málaga". "Si es así, Málaga estará apoyando la operación y si no, no". "Lo digo con claridad", apostilló.
De hecho, advirtió de que si la sede de la entidad resultante no estuviera en Málaga, "en lo que dependa de mí, me opondré", y confió en que "la ciudad me siga en esta propuesta y en ese sentimiento que debe ser compartido por todos" porque "es un proyecto común".
Tal y como apuntó a los periodistas, aunque no hubiera esa diferencia de solvencia y de fortaleza entre unas cajas y otras, "el mapa autonómico exige un equilibrio" y recordó que "en Sevilla está la capitalidad política y administrativa y en Granada, el poder judicial".
"Tiene alguien alguna duda de que la Junta tendría que haber liderado esa idea de equilibrio hace muchos años y trasladado ese mensaje a todo el territorio andaluz para que no haya dudas, para que se hable con transparencia y sin ningún tipo de eufemismo", se preguntó.
A juicio del regidor, "va siendo hora de que el concepto de centralismo, cuando haya ocasiones como ésta, se use para compensar y redistribuir". "Málaga debe ser compensada como una de las grandes ciudades económicas, no digo la única", aseveró, añadiendo que "ocasiones como ésta son para que todos los partidos políticos vayan en esa dirección".


El alcalde de Málaga fue contestado enseguida por el de Sevilla reclamando la sede para su ciudad:

Al ser preguntado por la operación en marcha para que Unicaja y Cajasol pujen por CajaSur con la fusión de ambas como horizonte, Sánchez Monteseirín afirmó: «Me gusta la idea». En una entrevista con la cadena Ser recogida por Europa Press, el primer edil hispalense consideró que «durante mucho tiempo se había pensado que la fórmula adecuada sería la de dos grandes torres, Unicaja y Cajasol, pero en estas circunstancias es una buena propuesta».
Por tanto, aseguró que este proyecto contará con todo su «apoyo siempre que se garantice el peso específico de Cajasol», entidad que, según destacó, «es muy importante para la ciudad y para el área metropolitana». De este modo, Sánchez Monteseirín reiteró que «esta propuesta es buena para todos», aunque insistió en la necesidad de garantizar el «enorme» peso de Cajasol. Como insignia de la «fortaleza» de Cajasol en el proceso, el alcalde hispalense recordó el edificio que la entidad construye en la isla de la Cartuja de Sevilla, la llamada torre Pelli, cuya rivalidad urbanística con la Giralda y el casco histórico no ha sido bien vista por la Unesco, que amenaza con quitarle a la capital andaluza su consideración de Patrimonio de la Humanidad si sigue adelante con el proyecto. Para Monteseirín, quien a diferencia de De la Torre no se presentará a la reelección en 2011, esta podría ser la sede de la gran caja.
Sur.

Tanto Griñán como Arenas se apresuraron para calmar la polémica alegando que ese debate debe ser posterior a la fusión pero el segundo lo ha tenido más crudo tras las declaraciones el pasado domingo de Juan Ignacio Zoido, portavoz del PP en el ayuntamiento de Sevilla: afirmó no entender un proceso de fusión entre Cajasol y Unicaja «si la sede de la entidad fusionada no se ubica en Sevilla». Zoido anunció que va a «defender con uñas y dientes a Sevilla y a los sevillanos», todo para que la sede de la caja resultante de la unión entre las entidades andaluzas se instale en la capital hispalense. Sur.

Por otro lado los sindicatos finalmente claudicaron ante la Junta y sumaron su apoyo al proyecto, ¿qué más da que haya que cerrar cientos de oficinas?... que se puede esperar de ellos vistas sus actuaciones ante la crisis.

Y Cajagranada aprobó definitivamente su fusión fría con las cajas mediterráneas no sin amago de veto por parte de la Junta de Andalucía que finalmente fue desmentido por Griñán. Los granadinos consiguen así librarse del proyecto juntero que habrá que ver si llega a buen puerto.

miércoles, 30 de junio de 2010

A vueltas con la Caja única.

La Junta ataca de nuevo con su idea de Caja única en Andalucía forzando la unión de Unicaja y Cajasol con la intención de que ambas cajas pujen juntas por Cajasur, y lo peor es que en esta ocasión los partidos se han puesto de acuerdo, lo que facilitaría el proceso fuera del cual puede quedar Cajagranada sumida en un proceso de fusión fría con cajas levantinas que sin duda beneficiaría más a la caja granadina que unirse con las otras tres andaluzas. Y es que se está obviando un aspecto fundamental.

Si todas las cajas andaluzas se fusionan, ¿cuántas sucursales van a tener que cerrarse?, ¿cuántos puestos de trabajo se van a perder?. Si Cajagranada tiene solapadas 336 oficinas con Cajasol y Unicaja sin contar Cajasur -en su actual fusión fría sólo se solapan 19- pensad cuantos solapamientos se producirían en caso de juntar todas las cajas andaluzas. El presidente quiere contar también con el apoyo de los sindicatos y espero que estos defiendan realmente a los trabajadores porque con más de un millón de parados Andalucía no puede permitirse el lujo de dejar en la calle a cientos o incluso miles de empleados de las distintas sucursales. Las tres entidades (Unicaja, Cajasol, Cajasur) suman 13.000 empleados y 2.300 sucursales.

Por otra parte estaría la polémica que dio al traste con el proceso en el primer intento de crear una caja única andaluza que ahora hasta ha sido bautizada como Caja Andalucía. ¿Dónde se ubicaría su sede?. Esto es como mentar la bicha en el clima de consenso y buenismo que parece reinar actualmente pero no olvidemos las discusiones entre políticos que levantó el tema cuando empezó a barajarse la posibilidad por el entonces presidente de la Comunidad, Manuel Chaves.

Y es que las realidades de las dos grandes cajas andaluzas son distintas. Málaga no puede consentir perder la sede teniendo la entidad más fuerte y Sevilla no va a pasar por renunciar a la misma por aquello se ser la capital. Os dejo unos datos comparativos publicados ayer en Sur.

La idea de formar una gran caja andaluza con Unicaja y Cajasol parece que se va abriendo paso a velocidad de vértigo en los cenáculos políticos. Y, además, se da prácticamente por sentado que ambas parten de unas condiciones de igualdad. Sin embargo, hay hechos que no hay que perder de vista, porque las realidades económicas entre ambas entidades son muy diferentes. Sólo hay que acudir a los datos de cierre del año pasado para detectar que no se pueden hacer planteamientos en condiciones de igualdad. Por un lado, Unicaja presenta un activo total de 34.200 millones de euros, frente a los 28.200 millones de Cajasol. La caja malagueña tiene una tasa de morosidad del 2,8%, mientras que en la sevillana se dispara al 6 %. En cuanto al índice que desvela la cobertura de la citada morosidad, en Unicaja es del 157%, mientras que en Cajasol es del 52,3%. En relación al patrimonio neto de ambas sociedades, en Unicaja está cifrado en 2.908 millones de euros, más de mil millones que el de Cajasol, que se queda en los 1.891 millones de euros. Por último, hay una gran diferencia en los beneficios antes de impuestos que tienen ambas cajas. La malagueña presenta por este concepto una ganancia de 234 millones de euros, frente a los 95,1 millones de la entidad sevillana. Con estos datos, parece claro que a la hora de plantear la fusión de las dos grandes cajas de Andalucía o una oferta conjunta por Cajasur se tienen que tener en cuenta que, efectivamente, no parten en las mismas condiciones. Sólo de esa manera habrá posibilidades reales de llegar a un gran acuerdo.

domingo, 28 de febrero de 2010

30 años de centralismo exacerbado.

Siguiendo el hilo de la entrada anterior voy a publicar un informe de la Asociación Rayya que deja patente el centralismo sevillano de la Junta de Andalucía.

La asociación elabora un informe sobre las sedes de la Comunidad, el primero fue publicado hace un año y hoy sale a la luz el nuevo con los datos a Febrero de 2010.

Los resultados son abrumadores, Sevilla concentra el 82 % de las sedes de la Comunidad, contando Granada con un 10 % (Tribunal Superior de Justicia y Consejo Consultivo como sedes principales entre otras menores) y Málaga con un 6 % que consigue con 6 sedes de segundo nivel.

Ver informe completo de la Asociación Rayya.

30 años de agravio.

Con motivo del día de Andalucía el grupo Vocento ha publicado un barómetro sociológico de la comunidad autónoma, entre las consultas me ha llamado la atención una referente al agravio entre las provincias.

Se formula la pregunta:

¿Cree que el sistema autonómico andaluz trata a todas las provincias por igual o beneficia a unas más que a otras?
- Todas por igual 36'7 %
- Algunas más que a otras 53'5 %
¿A cual o cuáles?
Sevilla 85'7 %

Crece esa sensación de agravio con Sevilla con respecto a años anteriores llamando curiosamente la atención que Málaga es la segunda provincia que más beneficiada por la Junta parece, con un 31'4 %. Las demás provincias no llegan al 10 %.

De nuevo las provincias de nuestra región caminan juntas puesto que es donde más se siente ese agravio con Sevilla mientras que en esta provincia es donde más opinan que todas reciben un trato igualitario.

Día de Andalucía.

Hoy se cumplen 30 años del referéndum por el que se creó la Comunidad Autónoma de Andalucía. Aquel 28 de Febrero de 1980 los ciudadanos de las 8 provincias estaban convocados a una consulta para decidir si accedían a la autonomía por la vía rápida como las regiones históricas o por la vía lenta como la mayoría de las provincias, artículo 151 ó 143 de la Constitución.

El resultado no fue para nada homogéneo en las 8 provincias, cayéndose incluso una de la iniciativa -Almería no cumplió los requisitos exigidos en la Ley Orgánica de Modalidades de Referéndum-, lo cual retrasó el proceso autonómico hasta Octubre cuando el gobierno de la UCD cedió ante las presiones y modificó la citada Ley Orgánica. De esa forma fue ninguneada la decisión de los almerienses y las 8 provincias del sur de España se constituyeron en Comunidad Autónoma.

¿Pero realmente hubo un gran apoyo de los votantes? Pues los datos hablan por sí solos y precisamente los ciudadanos de Andalucía Oriental fueron los menos proclives a la propuesta. Claramente quedaba de manifiesto la existencia de dos regiones diferenciadas en las llamadas Andalucías y las reticencias de los ciudadanos de la región llamada a desaparecer frente al gran apoyo obtenido en las provincias de la región expansionista, no es casualidad que el gran auge autonomista tuviese su centro en Sevilla, la ciudad que aspiraba a liderar la vasta comunidad autónoma a crear. 30 años después es clara la brecha existente entre la Andalucía del Guadalquivir y la Andalucía mediterránea.

Resultados de la consulta.
La mayoría del censo de cada provincia debía votar a favor de la iniciativa, cifra que no se alcanzó en Almería y por 7 centécimas se logró en Jaén.

sábado, 2 de enero de 2010

Bienvenidos.

Ante todo, dadas las fechas, cabe comenzar felicitando el año nuevo, así que les deseo un próspero año 2010, que espero lo sea para este pequeño rincón que nace hoy, día de la reconquista de la ciudad de Granada.
Qué mejor fecha para iniciar esta andadura que llevaba sopesando bastante tiempo tras reflexionar sobre los movimientos que están surgiendo en la parte oriental de la comunidad autónoma de Andalucía.
Cada vez son más las voces que se alzan cuestionando la existencia y/o utilidad de esta vasta comunidad autónoma sin base histórica alguna. La transición a la democracia a finales de los años setenta del pasado siglo hizo de España un estado de autonomías surgiendo 17 comunidades autónomas, unas basadas en las nacionalidades históricas, otras en las regiones surgidas desde la edad moderna y otras sin base histórica alguna entre las que se encuentra Andalucía.
Esta enorme autonomía nace de la unión de dos regiones históricas (Andalucía y Granada) al igual que la castellano-leonesa, la diferencia estriba en que mientras la región de León mantuvo su identidad en la nueva autonomía, la región de Granada fue completamente aniquilada y desposeída de su identidad. Los símbolos andaluces en nada identifican esta histórica región que afortunadamente quedó plasmada en el escudo de la nación española.
Esto no tendría la menor importancia si la nueva autonomía se hubiese estructurado correctamente pero tras tres décadas de centralismo exacerbado desde la Junta de Andalucía en Sevilla y de imposiciones culturales globalizadoras es irremediable que surjan movimientos con la intención de acabar con esta situación.
La Plataforma por Andalucía Oriental o la Asociación Rayya nacen de ese sentimiento de agravio pero ninguna de ellas basa su lucha en lo que humildemente yo considero sería lo correcto. En los territorios del histórico reino de León llevan años reivindicando su identidad con representación en las cortes de Castilla y León, pero allí son respetuosos con su pasado e integran el movimiento las provincias de León, Zamora y Salamanca, sin embargo en el caso que nos atañe surgen diferencias que en nada ayudan a la consecución de los fines que nos ocupan.
Desde la P.A.O. se lucha por la constitución de una nueva autonomía compuesta por las provincias de Almería, Granada y Jaén; y desde Rayya sólo se lucha por la provincia de Málaga. ¿Dónde queda por tanto el pasado histórico del Reino de Granada?. Precisamente, dentro de unos años, en 2013, se pretende celebrar el milenio del nacimiento de ese territorio histórico que pervivió hasta bien entrado el siglo XIX.
Ya en ese siglo la provincia de Jaén (la división provincial actual nace en 1833) pasó a formar parte de la llamada Alta Andalucía, hoy Andalucía Oriental, conformada por los territorios del antiguo reino de Granada (provincias de Almería, Granada y Málaga) y el reino de Jaén que a lo largo de la Edad Moderna formaba parte de la Andalucía conformada por los reinos de Sevilla (provincias de Huelva, Sevilla y Cádiz) y Córdoba. Por tanto, la actual provincia de Jaén, nunca fue parte del reino de Granada, sí ciertos municipios como otros tantos cordobeses, gaditanos e incluso sevillanos, hay que tener en cuenta que la división provincial de Javier de Burgos no respeta exactamente los límites territoriales históricos.
Por ello desde este humilde rincón quiero reivindicar la recuperación de esa región histórica: Granada, conformada por las actuales provincias de Almería, Granada y Málaga, aunque tampoco me resultase extraño una autonomía de Andalucía Oriental incluyendo también la provincia de Jaén.
Sin más, invitar a participar a todo aquel que quiera opinar al respecto siempre desde el respeto a las ideas de unos y otros.
Bienvenidos.